La pandemia internacional del virus COVID-19 que está afectando gravemente a España está obligando a las administraciones a tomar medidas extraordinarias por lo que se amplía el plazo de presentación de la Solicitud Única PAC.
La legislación vigente (Real Decreto 1075/2014) legislaba que los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural deberá presentarse en el período comprendido entre el día 1 de febrero y el 30 de abril de cada año.
En esta campaña 2020 y, debido a la situación coyuntural, el Gobierno ha publicado el Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria, en el cual se establecen una serie de restricciones al movimiento de las personas en todo el territorio nacional, que van a tener un impacto notable en dicho proceso de presentación de la solicitud única.
Por este motivo se hace necesario el amplía el plazo de presentación de la Solicitud Única PAC desde el treinta de abril hasta el quince de mayo, con el objetivo de facilitar lo máximo posible, a agricultores y ganaderos, la presentación de su solicitud de la PAC del año 2020 ante la excepcionalidad creada tras el real decreto del estado de alarma mediante la Orden APA/269/2020.
Por lo tanto, en el año 2020, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación considera necesario ampliar el plazo de presentación de la solicitud única en todo el territorio nacional hasta el quince de mayo incluido, para garantizar así una correcta presentación y gestión de las ayudas, teniendo en cuenta que si fuera necesario volver a modificar la fecha límite de presentación de la solicitud única, estableciéndose el límite de dicho plazo en una fecha posterior a quince de mayo, si así lo exigen las circunstancias, se adaptará la normativa nacional en consecuencia.