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Publicado el Real Decreto 428/2022 para la concesión directa de ayudas al sector cunícola

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Publicado el Real Decreto 428/2022 para la concesión directa de ayudas al sector cunícola entre otros para compensar las dificultades económicas derivadas del conflicto bélico en Ucrania en diferentes sectores agrarios.

La invasión de Ucrania por parte de Rusia el 24 de febrero de 2022 está afectando como ya conocemos a los productores agrarios europeos y españoles y supone una amenaza grave de perturbación del mercado, como consecuencia de los aumentos significativos de los costes de producción.

Asimismo, la crisis está teniendo graves consecuencias en la oferta de cereales a escala mundial y está provocando subidas de precios, que se suma a las fuertes subidas que están experimentando los precios de la energía y los fertilizantes, y que están afectando a los productores agrarios de la Unión y españa en concreto.

Aunque el mercado deberá adaptarse gradualmente a las nuevas circunstancias, la Unión Europea ha considerado necesario apoyar a los productores en aquellos sectores en que los costes de los insumos están aumentando hasta niveles insostenibles, y en los que los productos no pueden encontrar su salida normal en el mercado.

El sector de la carne de conejo, por su parte, atraviesa una serie de dificultades estructurales desde hace unos años derivadas, fundamentalmente, de la reducción del consumo de esta carne y del hecho de que operan, habitualmente, con márgenes muy estrechos, como buena parte de los sectores ganaderos. Por otra parte, las explotaciones ganaderas de este sector se localizan, por lo general, en regiones muy concretas, con escasas alternativas económicas, de manera que estas granjas se configuran como un elemento fundamental para la fijación de población al medio rural en estas regiones. Desde el punto de vista medio ambiental, el sector cunícola se caracteriza por la utilización de materias primas forrajeras para alimentación animal, con gran interés por tanto agrícola y ambiental, y por su contribución a la economía circular, entre otros, a través de la valorización agronómica de un estiércol de gran valor.

El reparto de los fondos entre los sectores implicados se ha realizado teniendo en cuenta el incremento de costes y el deterioro de márgenes, la dificultad de trasladar el incremento de costes en la cadena, el efecto de las perturbaciones de los flujos comerciales que ocasiona el conflicto bélico y las dificultades de adaptación a las nuevas circunstancias derivadas de su ciclo productivo y su valor medioambiental y generador de empleo en el medio rural.

El Reglamento Delegado establece unos plazos muy ajustados para la tramitación de estas ayudas, de tal modo que los pagos a los productores deberán realizarse antes del 30 de septiembre de 2022.

En el caso de productores del sector cunícola, dado que no se dispone de toda la información al no ser beneficiarios de ayudas asociadas a la producción en el marco de la PAC, se establece un procedimiento simplificado de gestión basado en los datos más actualizados declarados por los ganaderos con base en el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas (REGA).

 Serán beneficiarios de esta ayuda (hasta 3 millones de euros en total) los productores del sector cunícola que:

a) Sean titulares, a fecha de 1 de enero de 2022, de una explotación ganadera inscrita y de alta en el Registro general de explotaciones ganaderas (REGA) con el tipo de explotación «Producción y reproducción» clasificada como «producción de gazapos para carne» con un número de plazas igual o superior a 50 reproductoras.

Que en dicha explotación se alberguen conejos.

Y que la misma haya realizado la declaración censal obligatoria en el año 2022 conforme a lo previsto en el Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones cunícolas.

b) Realicen en su explotación alguna actividad relacionada con al menos uno de los siguientes objetivos: economía circular, gestión de nutrientes, uso eficiente de los recursos, o producción respetuosa con el medioambiente y el clima. En estos casos el beneficiario presentará una declaración responsable con el compromiso de realizar alguna de dichas actividades.

Declaración responsable

Para los productores del sector avícola de carne y del sector cunícola que se encuentren inscritos en el Registro general de explotaciones ganaderas (REGA), la solicitud de ayuda se entenderá realizada con base en la última declaración censal de dichos productores al REGA, si no renuncian a la ayuda establecida en este real decreto, o se oponen a la consulta de sus datos prevista en el apartado 5, oposición que tendrá el mismo efecto que la renuncia a la ayuda mediante comunicación expresa a la comunidad autónoma ante la que hubieran hecho la declaración al REGA, en el plazo máximo de los diez días hábiles siguientes a la entrada en vigor de este real decreto conforme al modelo previsto en el anexo I de este real decreto.

No obstante, para las circunstancias previstas en el artículo 3.2.b) y 3.3.b) estos productores dispondrán de un plazo de diez días hábiles, tras la entrada en vigor de este real decreto, para presentar, ante la autoridad competente de la comunidad autónoma donde hayan presentado la última declaración del REGA una declaración responsable que acredite el cumplimiento de las circunstancias contempladas en el anexo conforme al modelo previsto en el anexo II de este real decreto.

En el caso de que un mismo productor cuente con códigos REGA en varias comunidades autónomas la solicitud se entenderá presentada en aquella comunidad autónoma donde disponga de mayor número de plazas.

El lenguaje del Real Decreto es bastante complicado y se recomienda acudir a las oficinas veterinaras oficiales más próximas. A nivel general, si algún ganadero realiza la DUN debe acudir a la oficina donde le realizaron la DUN y allí la tramitaran añadiendo a la DUN. En caso contrario hay tiempo hasta el 23 de Junio para comunicar a las Oficinas veterinarias oficiales.

Más información acerca de las ayudas en:

https://www.boe.es/eli/es/rd/2022/06/07/428

en la misma página hacia el final se pueden encontrar los modelos para rellenar los formularios de declaración responsable.

 

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